Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en Countax, además de brindar ayuda a empresas, PYMES y Stratups con servicios de Contaduría Online, también de damos información general sobre Impuestos y todo lo referente al sector, en esta publicación vamos a contarte un poco de que se trata el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
- ¿Qué se consideran Ingresos Brutos?
Su ingreso bruto anual representa su ingreso total antes de impuestos u otras deducciones . El “sueldo neto” representa su ingreso neto, específicamente sus ingresos menos impuestos, créditos y deducciones. Sueldos, salarios y propinas: Éste es el dinero que gana en su trabajo.
Se considera ingreso bruto el valor o monto total -en valores monetarios, en especie o en servicios- devengados en concepto de ventas de bienes, de remuneraciones totales obtenidas por los servicios, la retribución por la actividad ejercida, los intereses obtenidos por préstamos de dinero o plazo de financiación o, en general, el de las operaciones realizadas.
- ¿Como se determina el Impuesto sobre los Ingresos Brutos?
La base sobre la cual se determina el tributo es el monto de ingresos devengados durante cada período mensual.
- ¿Cómo y Cuando se paga el Impuesto a Ingresos Brutos?
El impuesto a los Ingresos Brutos es un impuesto provincial que se paga como porcentaje de la facturación de un negocio independientemente de su ganancia. A esto último, es lo que se le denomina efecto “cascada” y es una de las explicaciones de por qué es considerado el impuesto más distorsivo.
- ¿Cómo se Calcula el Ingreso Bruto Anual?
Multiplica para calcular el sueldo anual si trabajas una cantidad fija de horas a la semana. Multiplica tu sueldo por hora por el número de horas que trabajas por semana para calcular tu sueldo semanal. Multiplica esta cifra por 52, el número de semanas en el año, para calcular tu sueldo anual.
- ¿Como calcular el Ingreso Neto de una empresa?
Para calcular los ingresos netos, una empresa debe deducir de los ingresos totales todos su gastos. También debe restar los impuestos. El importe resultante serán los ingresos netos del período. Los ingresos netos se pueden utilizar para pagar un dividendo a los accionistas o se pueden reinvertir en la empresa.
- ¿Qué significa estar Exento de Ingresos Brutos?
Se deben reunir todos los requisitos para poder considerarse exento, siendo la exención referida de pleno derecho, es decir, sin necesidad de empadronamiento ni de inscripción en el impuesto, tal como lo establece el Artículo 179 del Código Fiscal vigente.
- Para tener en cuenta sobre los Ingresos Brutos:
Resulta importante tener presente que los códigos fiscales provinciales, admiten la deducción de los créditos incobrables producidos en el transcurso del período que se liquida y que hayan sido computados como ingresos gravados anteriormente. A tales efectos, las normas remiten a “índices justificativos de la incobrabilidad”, como ser: la cesación de pagos, la quiebra, el concurso preventivo, la prescripción, la iniciación del cobro compulsivo, entre otros. De producirse el posterior recupero -total o parcial-, éste será un ingreso gravado imputable al período fiscal en que ello ocurra.
Otro tema importante es el tratamiento de las diferencias de cambio por la facturación en moneda extranjera, que suele ser la forma típica de proteger los créditos comerciales frente a la inflación. Al respecto, los códigos fiscales nada dicen. Podría entenderse que la diferencia de cambio producida entre la fecha de facturación y la de cobro no se encuentra alcanzada, por cuanto no es producto de la actividad del contribuyente. Sin embargo, los fiscos suelen considerar que está gravada, sosteniendo que no existe norma que permita su deducción.
Una vez determinada la base “imponible”, sobre ella se aplicarán las diferentes alícuotas establecidas por cada jurisdicción para cada actividad. Desde el año 2008 se comenzaron a incrementar las alícuotas en función de los ingresos obtenidos por el contribuyente el año anterior, pasando el impuesto a tener “alícuotas progresivas”. Resulta importante revisar a principios de cada año la legislación de cada provincia para evitar reclamos por haber aplicado alícuotas inferiores a las vigentes.
Es conveniente tener presente que las actividades las actividades o rubros complementarios de una actividad principal –incluida financiación– estarán sujetos a la alícuota que contemple la Ley Impositiva para la principal. Entonces, cuando se cobren intereses por la financiación por atrasos en los pagos de los clientes, dichos intereses no implicarán una “actividad financiera” sino de la actividad comercial, industrial o de servicios ejercida por la empresa. Adviértase que el tratamiento descripto es para las actividades complementarias, no para las actividades secundarias.
Otro tema a tener en cuenta es el de los saldos a favor por exceso de retenciones, percepciones y recaudaciones bancarias frente al impuesto de cada mes. Hay que reparar en varias cuestiones. Primero y principal, que las percepciones y retenciones sufridas sean las que corresponden. Sucede que en ocasiones clientes y proveedores tienen mal parametrizados sus sistemas y por ende retienen o perciben cuando no corresponde. Otras veces, no corresponde sufrir las percepciones por tener en la jurisdicción implicada un coeficiente unificado menor a 0,1000. También debe verificarse que las recaudaciones no sean por pertenecer al “padrón de riesgo fiscal”. Si ello sucede, habrá que ver qué infracción/inconsistencia es la causante de tal incorporación.
De todos modos, existen remedios administrativos y procesales para solicitar la exclusión de las recaudaciones, como también la devolución de los saldos a favor, lo cual demora su tiempo.
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